2006-11-30

"La violencia de género tratada desde la justicia" resumen de la charla de Álvaro Miguel de Aza



El pasado 24 de noviembre, víspera del Día Internacional Contra la Violencia Machista, tuvimos la oportunidad de participar en dos eventos que nos ayudaron a profundizar en este grave problema.

El primero de ellos fue la charla que bajo el título “La violencia de género tratada desde la Justicia” ofreció Álvaro Miguel de Aza, Magistrado-Juez de Violencia sobre la mujer en Donostia. La charla estaba enmarcada en las “III. Jornadas de Sensibilización en Materia de Violencia de Género”, organizadas por la Diputación Foral de Gipuzkoa, y se celebró en el hotel Aranzazu de Donostia.

Miguel de Aza dijo que de las 61 mujeres asesinadas en el estado español en lo que va de año, sólo el 20% habían denunciado, por lo que podemos deducir que los casos de maltrato son mucho más numerosos que los que conocemos a través de las denuncias.

El juez nos explicó que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Donostia es un juzgado de instrucción (es decir, que juzga delitos y faltas), respecto a los delitos de hombres a mujeres en el ámbito de la pareja. Así, quedarían fuera de su jurisdicción otros delitos enmarcados en la denominada “Violencia doméstica” como el maltrato de hij@s a padres, por ejemplo. La competencia de este juzgado especial de Donostia depende del lugar donde esté situado el domicilio de la víctima, y no del lugar donde se comete el delito. Así, en el hipotético caso de un delito de maltrato en una pareja madrileña de vacaciones en Donostia, el juzgado no sería competente, y sí en cambio en un delito cometido por un hombre donostiarra en el ámbito de la pareja que haya sucedido en Madrid.

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer es también un juzgado de familia, es decir, que intercede en procesos de separación, nulidad y divorcio, concede órdenes de protección y dicta sentencias de conformidad.

Respecto a la orden de protección, el juez explicó que se trata de una medida cautelar que se adopta una vez interpuesta la denuncia, y que supone un estatuto integral de protección:

  • Protección física: porque supone una separación física entre agresor y agredida
  • Protección jurídica: ofrece seguridad jurídica a la víctima
  • Protección social: facilita la Renta Activa de Inserción

Los presupuestos para lograr dicha protección son 2:

  • Encontrarse en una situación objetiva de riesgo
  • Que existan indicios fundados de que se haya cometido delito o falta

En cuanto a las casa de acogida, o los recursos de vivienda alternativa, el juez señaló que la Ley Integral sobre Violencia de Género (LIVG) busca que sea el agresor quien abandone el domicilio común, y no la víctima.

Sobre el día a día en el juzgado (Álvaro Miguel de Aza lleva 6 años en la carrera judicial) nos contó frases y anécdotas que ilustran la situación de las personas que acuden al juzgado. Por ejemplo, mujeres que dicen: “Yo lo que quiero es que me deje en paz, pero que no le castiguen”. Hay mujeres que buscan que la o el juez den un toque de atención al maltratador, pero se resisten a la idea del castigo. En estos casos, es preciso informar a las mujeres de las funciones del juzgado y de lo que implica el proceso judicial. Precisamente, esta es una de las mayores dificultades, conseguir que las mujeres “se mantengan firmes” durante todo el proceso, que no retiren la denuncia, que no se vengan abajo. En ese punto la ayuda psicológica y el asesoramiento jurídico pueden ser de gran ayuda. Hay que tener en cuenta que la mujer que denuncia tiene que repetir su testimonio ante distintas personas unas 4 ó 5 veces.

Otra anécdota interesante es la referida a las personas inmigrantes. De las denuncias que se tramitan en el juzgado de Donostia, aproximadamente el 20% proceden de las mujeres inmigrantes. Algunos maltratadores llegan a decirle al juez: “En mi país esto no es delito”. Según dijo Alvaro Miguel, las mujeres inmigrantes, sobre todo las procedentes de América del Sur, “se suben al carro de la igualdad” cuando comprueban que en el país de acogida los derechos de las mujeres están “más” protegidos. Los compañeros varones, entonces, reaccionan de forma más violenta de lo que lo harían en su país de origen.

En el turno de preguntas, se polemizó sobre el tema de la rehabilitación de maltratadores. El juez dijo que no ve viable, por ejemplo, hacer listados públicos de agresores, porque viola el derecho a la intimidad y dificulta la rehabilitación. Un médico explicó los dilemas que tienen las personas de su gremio cuando sospechan que sus pacientes son víctimas de la violencia machista, y una abogada aseguró que debería haber una asistencia integral previa a la denuncia. Según ella el procedimiento penal no es la panacea, no se puede confiarlo todo a la simple denuncia. Hacen falta auténticas políticas de igualdad, que, por desgracia, en la actualidad brillan por su ausencia.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Hola,
Respecto a la información que aportan en relación a la posibilidad de que la mujer se derrumbre despues de una denuncia y la retire; propongo que cuando se produce una denuncia; en la que la mujer pide "ser dejada en paz por parte del maltratador", se apruebe una orden de alejamiento y que ahí termine su responsabilidad sobre la denuncia de modo que sea la propia justicia la que actue de oficio a traves de fiscales específicos para ello que continuen el proceso. Quizás así la víctima se vería liberada de esa responsabilidad y por lo tanto, sería ineficaz que fuera retirada la denuncia puesto que la fiscalía "heredaría" la misma.
Quedaría asi mismo liberada de la procesión posterior a la denuncia dejando de actuar sobre el caso de forma directa, lo que facilitaría su distanciamiento del agresor; luego su recuperación del maltrato.Esa función pasaría a ejercerla el Estado. Al fin y al cabo se trata de un delito contra la salud pública.
saludos